Editorial BFM428 | ¿Es conocido el Código Deontológico de la Abogacía por alguna letrada de Béjar?

  • La ética en la Abogacía, una apuesta formativa del Colegio de Abogados de Salamanca 
  • #BuenaPráctica: No aceptes encargos contra un cliente anterior si conoces información que pueda beneficiar al actual cliente #Abogados
El Colegio de Abogados de Salamanca y la Universidad salmantina organizaron un seminario sobre "Ética y Abogacía" dirigido a letrados de varias generaciones.

En esta apuesta formativa peculiar y novedosa, en la que participaron alumnos de la Facultad de Filosofía y abogados jóvenes, veteranos y de mediana edad, se defendieron los principios de buenas prácticas en la Abogacía como, por ejemplo, no aceptar encargos contra un cliente anterior si se conoce información que pueda beneficiar al actual cliente.
Se abordaron desde diferentes perspectivas, los problemas y dilemas éticos que se presentan a diario en el ejercicio profesional, en relación a la deontología en el Turno de Oficio, el compromiso con el cliente, con la sociedad y con la verdad, y las principales faltas deontológicas de la profesión. La ponencia “Ética de la Abogacía y Hermenéutica Jurídica” fue impartida por Miguel Grande Yáñez, profesor de la Filosofía del Derecho en ICADE (Universidad Pontificia de Comillas, Madrid), autor de varias publicaciones que mucho tienen que ver con la ética en la Abogacía, como “Abogacía y Hermenéutica jurídica", "Hermenéutica jurídica y justicia", "Filosofía del Derecho, Filosofía del lenguaje y actividad judicial", o "El Humanismo y el Derecho".


Todo esto viene porque, hasta esta redacción, ha llegado determinada documentación (que no haremos pública de momento), donde se indicaría la presunta falta de ética deontológica de una letrada que "ejerce" su "profesión" en Béjar y que, de ser cierta, indicaría que la abogada en cuestión podría haberse pasado por "el arco del triunfo" los artículos 13.5 y 5.2 del Código Deontológico de la Abogacía.
Esta redacción ha consultado los hechos narrados con una eminencia en la materia de Deontología en la Abogacía que los ha calificado de: "Infracción que puede considerarse de riesgo”. Asimismo, también explicó que, en este caso, la letrada "debería haberse abstenido de actuar en vía contenciosa".
Confiamos, esperamos y deseamos, que esa letrada haya asistido a esta actividad colegiada para tomar muy buena nota y se pudiera confesar ante sus colegas por su posible actitud cuestionable. Ese era el momento adecuado porque, si hubiera tenido la "valentía" de presentarse a la iniciativa para "instruirse" y tratar sobre un asunto que "se la pela", podría encontrarse, por vergüenza torera, en una situación un tanto incómoda si se llegaran a conocer los hechos...